Acta de la junta de propietarios

Apunta quién asiste, el orden del día y lo que se acuerda en cada punto. La web suma los coeficientes y te da el acta lista para firmar.

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Datos de la comunidad
La reunión
Asistentes
Vivienda o localPropietarioCoeficiente (%)AsisteRepresentado porQuitar

Orden del día y acuerdos

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Qué debe contener el acta

Según el artículo 19 de la Ley de Propiedad Horizontal, al menos:

  • La fecha y el lugar de la reunión.
  • Quién la convocó y, en su caso, los propietarios que la promovieron.
  • Si fue ordinaria o extraordinaria y si se celebró en primera o segunda convocatoria.
  • Los asistentes, presentes o representados, con sus cargos y sus cuotas de participación.
  • El orden del día y los acuerdos adoptados, con los votos a favor y en contra cuando importe para su validez.

Firma y envío

El acta la firman el presidente y el secretario al terminar la reunión o en los 10 días naturales siguientes. Desde entonces los acuerdos son ejecutivos. Después se envía a todos los propietarios y se pasa al libro de actas.

Preguntas frecuentes

¿Quién redacta el acta?

El secretario de la comunidad, que puede ser el propio presidente o el administrador. La firman presidente y secretario.

¿Qué pasa con los vecinos que no fueron?

Se les envía el acta. Si no comunican su desacuerdo al secretario en 30 días naturales, su voto se cuenta a favor del acuerdo (art. 17.8).

¿Hay que pasar el acta al libro de actas?

Sí. El libro de actas lo diligencia el Registro de la Propiedad y lo custodia el secretario.

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