Mayorías para los acuerdos de la junta
Qué mayoría hace falta para aprobar cada cosa en la junta de vecinos, de la unanimidad a un tercio, explicado sin jerga.
- Basado en la Ley de Propiedad Horizontal
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| Qué se vota | Mayoría necesaria | Artículo |
|---|---|---|
| Cambiar el título constitutivo o los estatutos (en general) | Unanimidad de propietarios y cuotas | 17.6 |
| Servicios de portería, conserjería o vigilancia; obras o mejoras no necesarias | 3/5 de los propietarios que sumen 3/5 de las cuotas | 17.3 y 17.4 |
| Quitar barreras arquitectónicas o instalar un ascensor | Mayoría de propietarios que sumen la mayoría de las cuotas | 17.2 |
| Telecomunicaciones (antenas, fibra) y energías renovables comunes | 1/3 de los propietarios que sumen 1/3 de las cuotas | 17.1 |
| El resto de acuerdos (cuentas, presupuesto, cargos, reparaciones…) | Mayoría de propietarios y cuotas; en segunda convocatoria, mayoría de los asistentes que sumen más de la mitad de sus cuotas | 17.7 |
Los propietarios que no asistan se cuentan como votos a favor si, tras recibir el acta, no comunican su desacuerdo al secretario en 30 días naturales (art. 17.8). Resumen orientativo: consulta el texto de la Ley de Propiedad Horizontal.
Cómo se cuenta una mayoría
En casi todos los casos la ley pide una doble mayoría: de propietarios (personas) y de cuotas de participación (coeficientes). Por ejemplo, «mayoría» significa más de la mitad de los propietarios que, además, sumen más de la mitad de las cuotas.
Los propietarios que deben cuotas vencidas pueden asistir pero no votar (art. 15.2), salvo que hayan pagado o consignado la deuda.
Preguntas frecuentes
¿Qué mayoría hace falta para instalar un ascensor?
La mayoría de propietarios que representen la mayoría de las cuotas (art. 17.2).
¿Y para poner placas solares comunitarias?
Un tercio de los propietarios que representen un tercio de las cuotas (art. 17.1).
¿Cuándo hace falta unanimidad?
Para modificar el título constitutivo o los estatutos, salvo en los casos en que la ley fija otra mayoría (art. 17.6).